Questão 40 - UFSM Prova 3 Tarde 2024
Para responder à questão, considere o texto a seguir.
Marcos legales que estructuran la cultura y la diversidad cultural en Brasil
[1] Brasil, por su formación histórica, tiene la di-
versidad como marca de su sociedad. Los pueblos
indígenas, ocupantes originales del territorio, que
hablaban diferentes idiomas, fueron desplazados
[5] tierra adentro gradualmente a medida que los con-
quistadores y colonizadores europeos avanzaban a
lo largo de la costa y establecían el dominio portu-
gués. Al mismo tiempo, millones de africanos de
distintas naciones, con diferentes formas de orga-
[10] nización social, idioma y cultura, fueron llevados a
la esclavitud para apoyar la economía colonial. La
combinación de estas distintas matrices culturales
dio origen al pueblo brasileño, que se caracteriza por
la diversidad cultural presente en las artes, cocina,
[15] tradiciones, valores y costumbres. Esta diversidad
es una característica fundamental y estructurante
de la sociedad brasileña. Los derechos cultu-
rales son fundamentales para que todas las
personas puedan expresar y disfrutar libremente su
[20] cultura, sin ningún tipo de restricción o discrimi-
nación. La Constitución Federal Brasileña de 1988
reconoce y valora la diversidad cultural, garantizando
en sus artículos 215, 216 y 216-A, la promoción y
preservación del patrimonio cultural brasileño en to-
[25] das sus manifestaciones. Dichos artículos constitucio-
nales representan importantes y esenciales avances
en la garantía de los derechos culturales, [...] como se
destaca a continuación:
“[...]
[30] Art. 215. El Estado garantizará a todas las personas el
pleno ejercicio de los derechos culturales y el acceso a
las fuentes de la cultura nacional, y apoyará y fomentará
la valoración y difusión de las manifestaciones culturales.
1º El Estado protegerá las manifestaciones de las cultu-
[35] ras populares, indígenas y afrobrasileñas, y las de otros
grupos participantes del proceso civilizatorio nacional.
2.º La ley preverá la fijación de fechas conmemorati-
vas de alta significación para los distintos segmentos
étnicos nacionales.
[40] 3º La ley establecerá el Plan Nacional de Cultura, de
duración plurianual, visando el desarrollo cultural del
País y la integración de las acciones del poder público
que conduzcan a:
I - defensa y valorización del patrimonio cultural
[45] brasileño;
II - producción, promoción y difusión de bienes cul-
turales;
III - formación de personal calificado para la gestión
de la cultura en sus múltiples dimensiones;
[50] IV - democratización del acceso a los bienes culturales;
V - valorización de la diversidad étnica y regional.
[...]
Art. 216. El patrimonio cultural brasileño está constitui-
do por bienes de naturaleza material e inmaterial, to-
[55] mados individualmente o en conjunto, que hacen refe-
rencia a la identidad, acción, memoria de los diferentes
grupos que forman la sociedad brasileña, que incluyen:
I - formas de expresión;
II - las formas de crear, hacer y vivir;
[60] III - creaciones científicas, artísticas y tecnológicas;
IV - obras, objetos, documentos, edificios y otros espa-
cios destinados a manifestaciones artísticas y culturales;
V - conjuntos urbanos y sitios de valor histórico, pai-
sajístico, artístico [...]”.
[65] Es importante recalcar que la promoción de los
derechos culturales no está restringida al Estado.
Cada individuo y los más diversos movimientos so-
ciales organizados en la sociedad tienen responsa-
bilidad social, que se expresa en el artículo 216-A
[70] de la Constitución Federal de Brasil, a continuación:
Art. 216-A. El Sistema Nacional de Cultura, organiza-
do de manera colaborativa, descentralizada y partici-
pativa, instituye un proceso de gestión y promoción
conjunta de políticas públicas culturales, democráticas
[75] y permanentes, consensuadas entre las entidades de
la Federación y la sociedad, con el objetivo de promo-
ver desarrollo humano, social y económico con pleno
ejercicio de los derechos culturales.
La cultura es reconocida como un elemento esen-
[80] cial de la identidad y expresión de las personas en
otros marcos jurídicos internacionales importantes,
de los que Brasil también es signatario, como la
Declaración Universal de los Derechos Humanos
(1948) y la Convención Internacional sobre De-
[85] rechos Económicos, Sociales y Culturales (1976).
Además de estos, también se encuadra en la Decla-
ración Universal sobre la Diversidad Cultural (2001)
y la Declaración de Friburgo (2007) que cubren as-
pectos de los derechos culturales, incluido el plura-
[90] lismo cultural, las dimensiones simbólica, cultural y
económica de la cultura.
En agosto de 2007, Brasil promulgó a través del
Decreto N° 6.177, la Convención sobre la Protección
y Promoción de la Diversidad de las Expresiones
[95] Culturales, que fue firmada en París durante la 33ª
Reunión de la Conferencia General de la UNESCO, el
20 de octubre de 2005. Esta Convención destaca la
diversidad cultural como un factor esencial para la
humanidad, nutriendo las capacidades y valores hu-
[100] manos e impulsando el desarrollo sostenible de las
comunidades, pueblos y naciones. En la Conferencia
Mundial de la UNESCO sobre Políticas Culturales y
Desarrollo Sostenible MONDIACULT, en septiembre
de 2022, la comunidad internacional en el área de
[105] la cultura expresó su compromiso de “promover un
ambiente propicio para el respeto y ejercicio de to-
dos los derechos humanos, en particular los dere-
chos individuales y colectivos en todos los dominios
de la cultura”, incluido el entorno digital. El objeti-
[110] vo es construir un mundo más justo y equitativo,
reduciendo las desigualdades, especialmente para
grupos vulnerables como mujeres, jóvenes, niños,
pueblos indígenas, afrodescendientes, LGBTQIAP+
y personas con discapacidad.
[115] Todos los marcos legales mencionados y la
incorporación de la diversidad y los derechos
culturales en la Constitución brasileña de 1988
como componentes estructurales y estructuran-
tes fueron fundamentales para [...] momentos
[120] históricos difíciles.
Nuestra pluralidad cultural debe ser apropiada
y valorada como un bien de desarrollo, ampliando
nuestra capacidad de diálogo intercultural a fa-
vor de la diversidad global y el pleno ejercicio de
[125] los derechos culturales en nuestro territorio, en
la región y en el mundo. Al fin y al cabo, respe-
tar la diversidad cultural es garantizar la dignidad
humana y promover la cultura es contribuir a la
construcción de un planeta más feliz, más justo,
[130] más creativo e innovador.
Fonte: COMISIÓN DE DIVERSIDADE CULTURAL DEL MERCOSUR.Marcos Legales que estructuran la cultura y la diversidad cultural en Brasil.In: Cuadernos de la diversidad cultural: Buenas prácticas delMERCOSUR/Diversidad y derechos culturales. Buenos Aires:Ministerio de la Cultura de la Nación. Libro digital. 2023. Disponível em:https://www.cultura.gob.cl/wp-content/uploads/2023/09/vol-ivcuadernos-dc-mercosur.pdf. Acesso em: 03 out. 2023. (Adaptado)
Em relação à expressão “Al fin y al cabo” (ℓ. 126), considere as afirmativas a seguir.
I → É um reformulador que retoma o que foi mencionado anteriomente, apresentando um enunciado que introduz uma conclusão ou uma síntese.
II → Pode ser substituída, sem prejuízo de sentido original do texto, pelo reformulador “en efecto”, pois tem a mesma orientação argumentativa.
III → O enunciado introduzido por tal expressão possui mais força argumentativa que os enunciados que o precedem.
Está(ão) correta(s)
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